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La Audiencia Nacional aplica el silencio positivo a los ERTE por Covid-19 solicitados a la autoridad laboral

25 de junio de 2020 Jurisprudencia EMPLEO

Ante la falta de regulación de las repercusiones del silencio administrativo por parte la autoridad laboral en el RD 1483/2012, Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada, o en el RD-ley 8/2020, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19, se ha de acudir a lo regulado en el art. 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, que, como regla general, tiene carácter positivo  

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